La autorización previa, también llamada aprobación previa, significa obtener el permiso del plan de salud de su hijo antes de que su hijo use un servicio especial o un tipo de equipo. Por lo general, es responsabilidad del proveedor de atención primaria (PCP) de su hijo u otro proveedor tratante obtener la autorización previa del plan de salud.

Ejemplos de servicios que generalmente requieren autorización previa son:

  • La mayoría de las admisiones hospitalarias
  • Procedimientos médicos
  • Cirugías (que no son de emergencia)
  • Algunas pruebas y consultas (como una segunda opinión)
  • Equipo médico duradero (DME)
  • Cuidado de la salud en el hogar
  • Terapias para pacientes ambulatorios (como fisioterapia, terapia ocupacional y del habla)

Los diferentes planes tienen diferentes procesos de autorización previa. Conozca el proceso en el plan de salud de su hijo para saber qué hacer si su hijo necesita algún servicio que requiera autorización previa. Llame a un representante de servicios para miembros o al administrador de casos de su hijo en el plan para obtener más información sobre el proceso de autorización previa.

Necesidad médica

En algunos casos, el PCP de su hijo deberá escribir una carta de necesidad médica al plan de salud. Esta carta indica las razones médicas por las que su hijo necesita un servicio o equipo especial.

En Massachusetts, la necesidad médica se define de la siguiente manera:

Servicios de atención médica que sean consistentes con los principios generalmente aceptados de la práctica médica profesional según lo determinado por si el servicio:

  1. ¿Es el suministro o nivel de servicio disponible más apropiado para el asegurado en cuestión considerando los posibles beneficios y daños para el individuo;
  2. Es conocido por ser efectivo, basado en evidencia científica, estándares profesionales y opiniones de expertos, para mejorar los resultados de salud; o
  3. Para servicios e intervenciones que no son de uso generalizado, se basa en evidencia científica.

Departamento de Salud Pública de MA, Oficina de Protección al Paciente: 800-436-7757

Esta información es proporcionada en parte por la División de Necesidades de Salud Perinatal, de la Primera Infancia y Especiales dentro del Departamento de Salud Pública de Massachusetts y mass.gov .